Omisos en la SAT: cómo saber si tienes y cómo quitarlos

Ser omiso significa que no presentaste una o más declaraciones a tiempo. Mientras los tengas, la SAT no te da tu solvencia fiscal y cada mes sin declarar suma uno nuevo.

Consulta
Con tu NITEn el Verificador Integrado de la SAT, sin usuario ni contraseña.
Multa
7.50 por díaCon un máximo de 150.00 por declaración, si te pones al día antes de que la SAT te requiera.
Solución
Declarar lo que faltaY pagar la multa. Con 4 años o más, cese prescrito.

Guía para pequeño contribuyente. Este sitio no es de la SAT: es una guía informativa de un despacho contable de Guatemala. Actualizada el .

Cómo saber si tienes omisos con tu NIT

  1. Verificador Integrado de la SAT, sin usuario ni contraseña. Escribe el código de la imagen, elige Contribuyente, escribe tu NIT y presiona Buscar. Te dice si tienes incumplimientos.
  2. Agencia Virtual de la SAT, con tu usuario: Servicios al Contribuyente, Cuenta Corriente, Consulta de Incumplimiento. Lo que aparece en rojo, con un número, está pendiente. Si todo está en azul y en cero, estás al día.
  3. Declaraguate, formulario SAT-8421 (solicitud de solvencia fiscal). Antes de generarlo, te muestra lo que tienes pendiente.

Ahí también pueden aparecer pendientes que no son omisos, como el NIT sin actualizar o el impuesto de circulación de vehículos.

No vender no te libra de declarar: cada mes sin presentar el SAT-2046 es un omiso.

Los casos más comunes

No declarar los meses sin ventas
Muchos creen que si no vendieron no tienen que declarar. El SAT-2046 se presenta cada mes, aunque sea en cero.
Inscribirse para un trabajo y olvidarse
Alguien se inscribe para extender una factura y no vuelve a declarar. El negocio sigue activo en la SAT y cada mes suma un omiso.
Presentar fuera de plazo
El SAT-2046 se presenta dentro del mes siguiente: el de enero, en febrero. Después de ese plazo ya hay multa.

Cómo quitar los omisos

Presenta lo que falta
En Declaraguate, una declaración por cada mes pendiente. Al congelar el formulario se genera la boleta SAT-2000, que pagas en el banco o por banca virtual. Ya pagada, desaparece de la Consulta de Incumplimiento.
Si ya no tienes el negocio
Pide la cancelación del establecimiento en la Agencia Virtual. Si no lo cancelas, cada mes vuelve a aparecer un omiso.
No hay pago en cuotas
La SAT no da facilidades de pago para el IVA, que es el impuesto del pequeño contribuyente. Los omisos se pagan completos.

Antes de cancelar el negocio, ponte al día.

Para pedir la cancelación hay que presentar primero los meses pendientes. La excepción: si los omisos tienen 4 años o más, se pide la cancelación por prescripción, también conocida como cese prescrito, y esos omisos ya no se pagan.

Cuánto cuesta ponerse al día

Multa por cada declaración presentada tarde 7.50 por día Con un máximo de 150.00 por declaración. Se cobra aunque el mes haya sido en cero.
La multa sube 7.50 por cada día de atraso y se detiene en 150.00 a los 20 días.
(Cifras expresadas en quetzales)
Días de atraso Multa por declaración
1 día7.50
10 días75.00
20 días o más150.00

Ejemplo: tres meses sin movimiento, presentados con 20 días de atraso o más cada uno, llegan al máximo de 150.00 cada uno: 450.00 en total.

Ponte al día antes de que la SAT te requiera.

Esos montos ya traen una rebaja del 85%. Aplica si presentas por tu cuenta, antes de que la SAT te requiera o te fiscalice, pagas de inmediato y no repites la misma falta en el mismo período (Código Tributario, artículo 94 "A"). Si la SAT te requiere primero, la multa es de 50.00 por día, con un máximo de 1,000.00 por declaración (artículo 94, numeral 9).

Si además había impuesto que pagar, se suman la mora (el impuesto × 0.0005 × los días de atraso, Código Tributario, artículo 92) y los intereses resarcitorios (a la tasa que fija la Junta Monetaria, artículo 58).

Cuándo conviene pedir ayuda

Si tienes muchos meses o años pendientes, no sabes qué te falta, ves en la SAT un negocio que no reconoces o ya recibiste un requerimiento, conviene que un contador revise tu caso antes de presentar nada. Una declaración mal presentada luego hay que rectificarla.


Preguntas frecuentes

¿Qué significa ser omiso en la SAT?

Que no presentaste una o más declaraciones de impuestos dentro del plazo. Cada declaración que falta es un omiso.

¿Cómo sé si tengo omisos?

En el Verificador Integrado de la SAT, solo con tu NIT y sin usuario. También en la Agencia Virtual, en Consulta de Incumplimiento.

¿Cómo quito mis omisos de la SAT?

Presentando en Declaraguate cada declaración que falta y pagando la multa. Si ya no tienes el negocio, pide además la cancelación del establecimiento.

¿Se pueden quitar los omisos sin pagarlos?

Solo si tienen 4 años o más, con el cese prescrito (cancelación por prescripción). Si son más recientes, hay que presentarlos y pagar la multa.

¿Tengo que declarar si no vendí nada en el mes?

Sí. El pequeño contribuyente presenta el formulario SAT-2046 cada mes, aunque no haya tenido movimiento.

¿Cuánto es la multa por un omiso?

7.50 quetzales por cada día de atraso, con un máximo de 150.00 por declaración, aunque el mes haya sido en cero. Eso es con la rebaja del 85%, si te pones al día antes de que la SAT te requiera; si no, es de 50.00 por día, hasta 1,000.00.

¿Puedo pagar mis omisos en cuotas?

No si son de IVA, que es el impuesto del pequeño contribuyente. La SAT no da facilidades de pago para el IVA.


Fuentes

  • SAT, preguntas frecuentes de cumplimiento tributario (Consulta de Incumplimiento, solvencia fiscal, facilidades de pago, SAT-2046, cese de actividades): portal.sat.gob.gt. Consultado el 30/09/2026.
  • SAT, Verificador Integrado. Consultado el 30/09/2026.
  • Código Tributario, Decreto 6-91, y sus reformas: multa por presentar tarde (artículo 94, numeral 9) y su rebaja del 85% (artículo 94 "A"), según el Decreto 4-2012, artículos 44 y 45; mora (artículo 92) e intereses resarcitorios (artículo 58).
  • Este sitio no es de la SAT ni está vinculado a ella. La información es general; cada caso puede tener detalles que cambian el resultado.